Resumen: Se impugna resolución que deniega reequilibrio económico del contrato de concesión como consecuencia del estado de alarma decretado en todo el territorio nacional para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. La Sala aprecia que el legislador del Real Decreto-ley 8/2020 incide sobre el margen temporal al que llegan las consecuencias del desequilibrio: el de la "situación de hecho creada por el COVID-19" y estima el recurso considerando que en el artículo 34.4 del Real Decreto-ley 8/2020 se introducen suficientes matizaciones al supuesto genérico del artículo 270 de la Ley de Contratos del Sector Público .